viernes, 25 de enero de 2019


ACONCEYANDO








 

LLARANES


Boletín   ENERO   del   2019

1.         


ÍNDICE


1-PORTADA
2-INDICE
3-INTRODUCION
4-ACTIVIDADES
5- REGLAMENTO DE PARTICIPACIÓN
9-RINCON POÉTICO
10-HUMOR
11-INFORMACION DE LA ASOCIACIÓN
12- CONTRAPORTADA
                        

CONFECIONA:


Asociación de Vecinos Santa Bárbara





          PATROCINA:                               EDITA: AVV. SANTA BARBARA                                        
                                                                                 

 
                                                             

 

                                                 

                                                                                                                                                                                                               
                      

INTRODUCCIÓN

Ya está aquí el número  de la revista “Aconceyando Llaranes”.
Correspondiente al mes de Enero de 2019.
Como ya sabéis, la idea surge de la Asociación de vecinos Santa Bárbara y es apoyada por el Ayuntamiento de Avilés. Pero los protagonistas somos todos/as los que nos implicamos en este proyecto.

Como siempre esperamos que sigáis participando con nosotros, expresando vuestras quejas con perspectivas de mejora, exaltando aquellas cosas que os gustan de vuestro barrio o simplemente contándonos un chiste que nos arranque una sonrisa… hay espacio para todos/as
Esperamos que los contenidos recogidos en este número sean de vuestro agrado.
Recordaros que estamos a vuestra disposición para aportar ideas y sugerencias para confeccionar esta revista en
Descripción: j0404643[1]avvsantabarbara@gmail.com
                                                                                             
Un saludo






                     ACTIVIDADES 2019

 Las actividades programadas para esta temporada  2019 son las siguientes

-SEVILLANAS
-GIMNASIA DE MANTENIMIENTO
-INFORMÁTICA
-YOGA (MAÑANAS Y TARDES)
-STRETCHING
Todas ellas están en marcha, aún quedan plazas, para cualquier consulta o aclaración pasar por secretaria  en horario de 17:30 a 19:30 H. los martes y jueves.
También pueden a través de los teléfonos 615224462 o 984833979








REGLAMENTO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA

Articulo 27.-

Funciones del consejo de ciudad. Son funciones del Consejo de Ciudad: a) Emitir dictamen en los procedimientos de revisión del planeamiento general urbanístico y de los grandes proyectos de infraestructuras, cuyo presupuesto sea superior a diez millones de euros y que se financien exclusivamente con fondos municipales. b) Emitir dictamen sobre los asuntos que, con carácter potestativo, se sometan a consulta por parte del Pleno, del Alcalde o Alcaldesa o de la Junta De Gobierno Local, en relación con el desarrollo económico local, la planificación estratégica de la ciudad o los grandes proyectos urbanos. c) Elaborar, a solicitud del Alcalde o Alcaldesa de la Junta de Gobierno Local o por propia iniciativa los estudios e informes que se relacionen con sus finalidades. d) Regular el régimen de funcionamiento de las Comisiones de Trabajo y del propio Consejo, en cuanto no esté regulado en este reglamento. e) Elaborar y elevar anualmente a la Junta De Gobierno Local, dentro de los seis primeros meses de cada año, una memoria en la que se expongan sus consideraciones sobre la situación económica y social de la ciudad, así como sus expectativas en el futuro y propuestas de acción. f) Emitir los informes, dictámenes o realizar cualquier actividad que le encomienden las leyes o los reglamentos municipales. g) Velar por el cumplimiento del presente Reglamento de Participación y proponer las modificación que se consideren necesarias.




CAPITULO IV Los consejos sectoriales Artículo 28.-

Los consejos sectoriales. 18 1. Los consejos sectoriales son órganos de participación de carácter consultivo que canalizan la participación de la ciudadanía y de sus asociaciones en las distintas áreas de actuación municipal. 2. El Ayuntamiento creará consejos sectoriales en las principales áreas de gobierno y actuación, salvo las que se consideren de organización interna. 3. A los efectos de constitución de consejos sectoriales se establecen las siguientes áreas funcionales municipales: a) Urbanismo, obras públicas, equipamientos, vivienda y medioambiente. b) Desarrollo social y mejora de las condiciones de vida de la población que incluye actuaciones en materia de juventud, servicios sociales, salud, personas mayores, infancia, educación participación ciudadana y similares. c) Igualdad de oportunidades de la mujer. d) Desarrollo económico. e) Cultura, deporte, fiestas y tiempo libre. Artículo 29.- Organización de los consejos sectoriales. 1. La composición, organización, competencias y funcionamiento de los consejos sectoriales se regirá, en lo no dispuesto en este reglamento, por sus normas específicas, que serán aprobadas por el pleno municipal. 2. Los consejos sectoriales pueden hacer consultas, informes, propuestas y sugerencias en temas relacionados con el ámbito sectorial del que se trate. Para su buen funcionamiento deberán contar con un plan de trabajo para su mandato. Artículo 30.- Composición de los consejos sectoriales. 1. Los consejos sectoriales estarán formados por: a) Un/una concejal/a delegado/a de alguna de las áreas que impliquen a dicho consejo y un/una concejal/a de cada grupo municipal, a propuesta de su portavoz. b) Representantes de las entidades ciudadanas que trabajen en el sector de actividades correspondientes a cada consejo. c) Ciudadanos/as elegidos por sorteo entre quienes, deseando participar, previamente se hayan inscrito en un registro creado a tal efecto, o por acuerdo del mismo consejo sectorial en el caso de personas de especial relevancia social en el ámbito del que se trate. 2. La presidencia de los consejos sectoriales corresponde al alcalde/sa que puede delegar en el/la concejal/la responsable del área funcional. La vicepresidencia recaerá en un miembro del consejo que represente a las entidades ciudadanas.

Artículo 31.- Los comités técnicos asesores 1. Los comités técnicos asesores son órganos consultivos de tipo técnico-profesional para el desarrollo de programas comunitarios en el territorio a través de la coordinación de los recursos existentes. 2. Son funciones de los comités técnicos asesores: a) Realizar, con metodología participativa, el diagnóstico comunitario del territorio y en base a éste, proponer programas comunitarios de intervención al consejo para la mejora de las condiciones de vida de la población. b) Llevar a cabo una acción permanente de relación, información mutua, intercambio, colaboración y coordinación entre todos los recursos del territorio para mejorar la atención a las demandas de la zona. c) Asesorar a los consejos de participación de zona aportando información técnica de situaciones y problemas comunitarios sobre los que el consejo quiera intervenir. d) Elaborar estudios e investigaciones sobre situaciones sociales existentes en el territorio. e) Actualizar cada cuatro años el diagnóstico comunitario. f) Elaborar periódicamente guías de recursos para una mayor información a la ciudadanía. TITULO IV LA PROMOCIÓN Y EL DESARROLLO DE LA PARTICIPACIÓN CAPITULO I Disposiciones generales Artículo 32.- Compromiso de promoción. El Ayuntamiento promoverá el más amplio acceso y divulgación de una información eficaz, clara y veraz de la actividad

Municipal, así como el impulso y la realización de procesos participativos que permitan la incorporación del mayor número de ciudadanos/as en las fases de preparación de la actuación, ejecución y evaluación posterior. Especialmente se dotará de técnicas y metodologías participativas en los proyectos de especial relevancia y sobre todo en el proceso de elaboración del presupuesto municipal. Artículo 33.- El plan integral de participación. 20 Coincidiendo con el inicio del mandato corporativo, el gobierno avilesino elaborará un plan marco de participación que será consultado a los grupos políticos municipales y a los colectivos ciudadanos. El plan tendrá carácter integral y contemplará las técnicas y medidas que permitan una mejor intervención ciudadana en la gestión de los asuntos públicos y articulará las diferentes iniciativas a lo largo del mandato. Artículo 34.- Derecho sobre locales y equipamientos públicos. Los/las vecinos/as tienen derecho a utilizar los locales y equipamientos públicos municipales para ejercer el derecho de reunión, sin más condicionantes que los derivados de las características del espacio y su normativa específica, las ordenanzas municipales, así como del cumplimiento de los requisitos exigidos de acuerdo con la ley.

CAPITULO II Participación en la elaboración de políticas municipales. Artículo 35.- Impulso y desarrollo. Se impulsarán y desarrollarán procesos participativos de los/las ciudadanos/as y de entidades avilesinas para el conocimiento, debate y proposición de iniciativas. Aún sin haberse iniciado los trámites de aprobación e implementación, se impulsará por el gobierno municipal la divulgación de propuestas o criterios sobre proyectos concretos, planes y presupuestos para favorecer las opiniones y sugerencias de entidades y vecinos/as.

RINCÓN POÉTICO


ROMANCE DE LA NIÑA MUJER

Canta la xana su pena
Y se escucha en todo el monte,
Mientras la niña manchada
Su amargo dolor esconde.

Quiso beber de la fuente
Donde beben los dragones,
Y se rompió su cristal,
Y no quiere saber dónde.

Llora, niña mujer, llora
Que tus lágrimas desborden
Los ríos de tu niñez,
Los mares en tu horizonte,
Ya verás como en tu pecho
Nacen de nuevo las flores.

Y volverás a reír
Y beberás en mil fontes
El agua de la ilusión
Que es agua de mil sabores.


                                                                                                         R. Alzola

HUMOR


Esto es un ladrón recién salido de los juzgados y le llama su mujer:

- Pepe, ¿qué te han dicho?
– Pues me han dicho que  3 años de cárcel o 100.000 euros.
– No seas tonto Pepe, ¡¡coge el dinero!!

************************************



Ohhh, ¡velas!, ¿qué celebramos?
- Que nos han cortado la luz...


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Lo siento pero eres un agarrado y un tacaño asqueroso, no pienso casarme contigo, toma, te devuelvo tu anillo. 
- ¿Y la cajita?
INFORMACIÓN DE LA ASOCIACIÓN

Comenzamos el nuevo año y empezamos a hacer la revista de forma digital, aprovechando las nuevas tecnologías a nuestro alcance.
Es interesante leer con atención el reglamento de participación ciudadana, pues es la forma que tenemos todos los ciudadanos de participar en las cosas del ayuntamiento, en él están recogidos todos los derechos que tenemos como ciudadanos.


 En otro orden de cosas se va a celebrar la III (3ª) edición de la F.A.V.A. (FERIA DE ASOCIACIONES DE VECINOS DE AVILÉS) será el 27 de Abril de 11.00 a 20.00H en la plaza Hermanos Orbón. Desde esta página os invitamos a visitarnos.





POLÍGONO SÁNCHEZ  CIMA II,   NAVE 44
33416 LA ROZONA
TELF. 984 110 115


OFERTA ESPECIAL PARA
 ASOCIACIÓN DE VECINOS SANTA BÁRBARA

LIMPIEZA DE ALTURA - CANALONES
Nos complace poder ofertarle nuestros servicios consistentes en la limpieza y  mantenimiento anual de los canalones de sus edificios.
Los trabajos se realizarán con ayuda de plataforma elevadora a fin de garantizar las labores de limpieza y la seguridad de los operarios.
EDIFICIOS 2 PORTALES
·      Primera limpieza puntual.............................................. 520,00
·      Mantenimiento anual de 5 años de duración, importe actualizable anualmente según la variación interanual del índice de precios al consumo...................................................... 350,00 €/limpieza

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·      Mantenimiento anual de 5 años de duración, importe actualizable anualmente según la variación interanual del índice de precios al consumo...................................................... 550,00 €/limpieza

IVA. NO INCLUIDO. TASA DE AYUNTAMIENTO
POR OCUPACIÓN DE VÍA NO INCLUIDO


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