ACONCEYANDO
LLARANES
Boletín ENERO
del 2019
1.
ÍNDICE
1-PORTADA
2-INDICE
3-INTRODUCION
4-ACTIVIDADES
5- REGLAMENTO DE PARTICIPACIÓN
9-RINCON
POÉTICO
CONFECIONA:
Asociación de Vecinos Santa Bárbara
PATROCINA: EDITA: AVV. SANTA BARBARA
INTRODUCCIÓN
Ya está aquí el
número de la revista “Aconceyando
Llaranes”.
Correspondiente al mes
de Enero de 2019.
Como ya sabéis, la idea
surge de la Asociación de vecinos Santa Bárbara y es apoyada por el
Ayuntamiento de Avilés. Pero los protagonistas somos todos/as los que nos
implicamos en este proyecto.
Como siempre esperamos
que sigáis participando con nosotros, expresando vuestras quejas con
perspectivas de mejora, exaltando aquellas cosas que os gustan de vuestro
barrio o simplemente contándonos un chiste que nos arranque una sonrisa… hay
espacio para todos/as
Esperamos
que los contenidos recogidos en este número sean de vuestro agrado.
Recordaros que estamos a
vuestra disposición para aportar ideas y sugerencias para confeccionar esta
revista en
![Descripción: j0404643[1]](file:///C:/Users/JOSEGA~1/AppData/Local/Temp/msohtmlclip1/01/clip_image007.gif)
Un saludo
ACTIVIDADES
2019
Las actividades programadas para esta
temporada 2019 son las siguientes
-SEVILLANAS
-GIMNASIA DE
MANTENIMIENTO
-INFORMÁTICA
-YOGA (MAÑANAS
Y TARDES)
-STRETCHING
Todas ellas
están en marcha, aún quedan plazas, para cualquier consulta o aclaración pasar
por secretaria en horario de 17:30 a 19:30
H. los martes y jueves.
También pueden
a través de los teléfonos 615224462 o 984833979
REGLAMENTO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA
Articulo 27.-
Funciones del consejo de ciudad. Son funciones del
Consejo de Ciudad: a) Emitir dictamen en los procedimientos de revisión del
planeamiento general urbanístico y de los grandes proyectos de infraestructuras,
cuyo presupuesto sea superior a diez millones de euros y que se financien
exclusivamente con fondos municipales. b) Emitir dictamen sobre los asuntos
que, con carácter potestativo, se sometan a consulta por parte del Pleno, del
Alcalde o Alcaldesa o de la Junta De Gobierno Local, en relación con el
desarrollo económico local, la planificación estratégica de la ciudad o los
grandes proyectos urbanos. c) Elaborar, a solicitud del Alcalde o Alcaldesa de
la Junta de Gobierno Local o por propia iniciativa los estudios e informes que
se relacionen con sus finalidades. d) Regular el régimen de funcionamiento de
las Comisiones de Trabajo y del propio Consejo, en cuanto no esté regulado en
este reglamento. e) Elaborar y elevar anualmente a la Junta De Gobierno Local,
dentro de los seis primeros meses de cada año, una memoria en la que se
expongan sus consideraciones sobre la situación económica y social de la
ciudad, así como sus expectativas en el futuro y propuestas de acción. f)
Emitir los informes, dictámenes o realizar cualquier actividad que le
encomienden las leyes o los reglamentos municipales. g) Velar por el
cumplimiento del presente Reglamento de Participación y proponer las
modificación que se consideren necesarias.
CAPITULO IV
Los consejos sectoriales Artículo 28.-
Los consejos sectoriales. 18 1. Los consejos
sectoriales son órganos de participación de carácter consultivo que canalizan
la participación de la ciudadanía y de sus asociaciones en las distintas áreas
de actuación municipal. 2. El Ayuntamiento creará consejos sectoriales en las
principales áreas de gobierno y actuación, salvo las que se consideren de
organización interna. 3. A los efectos de constitución de consejos sectoriales
se establecen las siguientes áreas funcionales municipales: a) Urbanismo, obras
públicas, equipamientos, vivienda y medioambiente. b) Desarrollo social y
mejora de las condiciones de vida de la población que incluye actuaciones en
materia de juventud, servicios sociales, salud, personas mayores, infancia, educación
participación ciudadana y similares. c) Igualdad de oportunidades de la mujer.
d) Desarrollo económico. e) Cultura, deporte, fiestas y tiempo libre. Artículo
29.- Organización de los consejos sectoriales. 1. La composición, organización,
competencias y funcionamiento de los consejos sectoriales se regirá, en lo no
dispuesto en este reglamento, por sus normas específicas, que serán aprobadas
por el pleno municipal. 2. Los consejos sectoriales pueden hacer consultas,
informes, propuestas y sugerencias en temas relacionados con el ámbito
sectorial del que se trate. Para su buen funcionamiento deberán contar con un
plan de trabajo para su mandato. Artículo 30.- Composición de los consejos
sectoriales. 1. Los consejos sectoriales estarán formados por: a) Un/una
concejal/a delegado/a de alguna de las áreas que impliquen a dicho consejo y
un/una concejal/a de cada grupo municipal, a propuesta de su portavoz. b)
Representantes de las entidades ciudadanas que trabajen en el sector de
actividades correspondientes a cada consejo. c) Ciudadanos/as elegidos por
sorteo entre quienes, deseando participar, previamente se hayan inscrito en un
registro creado a tal efecto, o por acuerdo del mismo consejo sectorial en el
caso de personas de especial relevancia social en el ámbito del que se trate.
2. La presidencia de los consejos sectoriales corresponde al alcalde/sa que
puede delegar en el/la concejal/la responsable del área funcional. La
vicepresidencia recaerá en un miembro del consejo que represente a las
entidades ciudadanas.
Artículo 31.- Los comités técnicos asesores 1. Los
comités técnicos asesores son órganos consultivos de tipo técnico-profesional
para el desarrollo de programas comunitarios en el territorio a través de la
coordinación de los recursos existentes. 2. Son funciones de los comités
técnicos asesores: a) Realizar, con metodología participativa, el diagnóstico
comunitario del territorio y en base a éste, proponer programas comunitarios de
intervención al consejo para la mejora de las condiciones de vida de la
población. b) Llevar a cabo una acción permanente de relación, información
mutua, intercambio, colaboración y coordinación entre todos los recursos del
territorio para mejorar la atención a las demandas de la zona. c) Asesorar a
los consejos de participación de zona aportando información técnica de
situaciones y problemas comunitarios sobre los que el consejo quiera
intervenir. d) Elaborar estudios e investigaciones sobre situaciones sociales
existentes en el territorio. e) Actualizar cada cuatro años el diagnóstico
comunitario. f) Elaborar periódicamente guías de recursos para una mayor
información a la ciudadanía. TITULO IV LA PROMOCIÓN Y EL DESARROLLO DE LA
PARTICIPACIÓN CAPITULO I Disposiciones generales Artículo 32.- Compromiso de
promoción. El Ayuntamiento promoverá el más amplio acceso y divulgación de una
información eficaz, clara y veraz de la actividad
Municipal, así como el impulso y la realización de
procesos participativos que permitan la incorporación del mayor número de
ciudadanos/as en las fases de preparación de la actuación, ejecución y
evaluación posterior. Especialmente se dotará de técnicas y metodologías
participativas en los proyectos de especial relevancia y sobre todo en el
proceso de elaboración del presupuesto municipal. Artículo 33.- El plan
integral de participación. 20 Coincidiendo con el inicio del mandato
corporativo, el gobierno avilesino elaborará un plan marco de participación que
será consultado a los grupos políticos municipales y a los colectivos
ciudadanos. El plan tendrá carácter integral y contemplará las técnicas y
medidas que permitan una mejor intervención ciudadana en la gestión de los
asuntos públicos y articulará las diferentes iniciativas a lo largo del
mandato. Artículo 34.- Derecho sobre locales y equipamientos públicos. Los/las
vecinos/as tienen derecho a utilizar los locales y equipamientos públicos
municipales para ejercer el derecho de reunión, sin más condicionantes que los
derivados de las características del espacio y su normativa específica, las ordenanzas
municipales, así como del cumplimiento de los requisitos exigidos de acuerdo
con la ley.
CAPITULO II Participación en la elaboración de
políticas municipales. Artículo 35.- Impulso y desarrollo. Se impulsarán y
desarrollarán procesos participativos de los/las ciudadanos/as y de entidades
avilesinas para el conocimiento, debate y proposición de iniciativas. Aún sin
haberse iniciado los trámites de aprobación e implementación, se impulsará por
el gobierno municipal la divulgación de propuestas o criterios sobre proyectos
concretos, planes y presupuestos para favorecer las opiniones y sugerencias de
entidades y vecinos/as.
RINCÓN POÉTICO
ROMANCE DE LA NIÑA MUJER
Canta la xana su pena
Y se escucha en todo el
monte,
Mientras la niña
manchada
Su amargo dolor esconde.
Quiso beber de la fuente
Donde beben los
dragones,
Y se rompió su cristal,
Y no quiere saber dónde.
Llora, niña mujer, llora
Que tus lágrimas
desborden
Los ríos de tu niñez,
Los mares en tu
horizonte,
Ya verás como en tu
pecho
Nacen de nuevo las
flores.
Y volverás a reír
Y beberás en mil fontes
El agua de la ilusión
Que es agua de mil
sabores.
R. Alzola
HUMOR
Esto es un ladrón recién salido
de los juzgados y le llama su mujer:
- Pepe, ¿qué te han dicho?
– Pues me han dicho que 3 años de cárcel o 100.000
euros.
– No seas tonto Pepe, ¡¡coge el dinero!!
************************************
Ohhh, ¡velas!, ¿qué
celebramos?
- Que nos han cortado la luz...
- Que nos han cortado la luz...
************************************
Lo siento pero eres un
agarrado y un tacaño asqueroso, no pienso casarme contigo, toma, te devuelvo tu
anillo.
- ¿Y la cajita?
- ¿Y la cajita?
INFORMACIÓN DE LA ASOCIACIÓN
Comenzamos el nuevo año y empezamos a hacer la revista
de forma digital, aprovechando las nuevas tecnologías a nuestro alcance.
Es interesante leer con atención el reglamento de
participación ciudadana, pues es la forma que tenemos todos los ciudadanos de
participar en las cosas del ayuntamiento, en él están recogidos todos los
derechos que tenemos como ciudadanos.
En otro orden de
cosas se va a celebrar la III (3ª) edición de la F.A.V.A. (FERIA DE
ASOCIACIONES DE VECINOS DE AVILÉS) será el 27 de Abril de 11.00 a 20.00H en la
plaza Hermanos Orbón. Desde esta página os invitamos a visitarnos.
POLÍGONO SÁNCHEZ CIMA II,
NAVE 44
33416 LA
ROZONA
TELF. 984
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ASOCIACIÓN
DE VECINOS SANTA BÁRBARA
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Nos complace poder ofertarle nuestros servicios
consistentes en la limpieza y
mantenimiento anual de los canalones de sus edificios.
Los trabajos se realizarán con ayuda de plataforma
elevadora a fin de garantizar las labores de limpieza y la seguridad de los
operarios.
EDIFICIOS 2
PORTALES
· Primera limpieza puntual.............................................. 520,00
· Mantenimiento anual de 5 años de duración, importe
actualizable anualmente según la variación interanual del índice de precios al
consumo...................................................... 350,00
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IVA. NO INCLUIDO. TASA DE AYUNTAMIENTO
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